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09/03/2009 | Resolución Contrato de Agencia Agentes colaboradores ver más Ir a la noticia Completa
Conforme explicitábamos en nuestro ya lejano artículo publicado en noviembre de 2005, y conforme preceptúa el artículo 1 de la Ley 12/92 reguladora del contrato de agencia, por el contrato de agencia, una persona, natural o jurídica, denominada agente, se obliga frente a otra de manera continuada o estable a cambio de una remuneración, a promover actos u operaciones de comercio por cuenta ajena, o a promoverlos y concluirlos por cuenta y en nombre ajenos, como intermediario independiente, sin asumir, salvo pacto en contrario, el riesgo y ventura de tales operaciones.
14/01/2009 | Infracciones urbanísitcas ver más Ir a la noticia Completa
Iniciamos en este comentario una serie de artículos que se irán publicando y que tendrán como objetivo una primera aproximación, un distingo entre ilícito administrativo y penal y por último un análisis de los delitos contra la ordenación del territorio.
12/01/2009 | BLANQUEO DE CAPITALES ver más Ir a la noticia Completa
En los artículos 301 a 304 del Código Penal, imbricados dentro del Capítulo XIV de la receptación y otras conductas afines, del título XIII de los delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico, se regula el blanqueo de capitales.
28/03/2008 | GESCARTERA ver más Ir a la noticia Completa
Con fecha 25 de marzo de 2008, leída públicamente en fecha 27 de marzo, la Sección 4ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, dicta sentencia número 18/08, en cuya parte dispositiva, condena, entre otros, al accionista principal de Gescartera como autor responsable en concepto de autor, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de un DELITO CONTINUADO DE APROPIACION INDEBIDA A LA PENA DE ocho años de prisión Y de un DELITO CONTINUADO DE FALSEDAD EN DOCUMENTO MERCANTIL a la pena de tres años de prisión.
13/03/2008 | INTRUSISMO EN LA INTERMEDIACION ver más Ir a la noticia Completa
Por la Junta Directiva de Anaf se pone en conocimiento de su gabinete Jurídico supuesto de hecho denunciado por un asociado al objeto, si procede, se tomen las medidas a que hubiere lugar en Derecho para que situaciones como las descritas por un lado no se repitan y, por otro, ponerlas en conocimiento del resto de posibles perjudicados y de afectados.
26/02/2008 | Intermediación financiera ver más Ir a la noticia Completa
El pasado día 22 de febrero se celebró el primer foro intitulado “ análisis del presente y futuro de la intermediación financiera “ , bajo los auspicios de la ASOCIACIÓN NACIONAL DE ASESORES FINANCIEROS, en acrónimo ANAF, y de la Asociación de Intermediarios de Financiación, en acrónimo ASIFIN en una jornada de trabajo que atrajo a un importante y nutrido grupo de profesionales del sector.
25/02/2008 | DERECHOS DE LAS VICTIMAS Y DE LOS PERJUDICADOS ver más Ir a la noticia Completa
La Exposición de Motivos de la LO 8/2006 destaca que se refuerza especialmente la atención y reconocimiento de los derechos de las víctimas y los perjudicados, entre los que se encuentra el derecho a ser informado en todo momento, se hayan o no personado en el procedimiento, de aquellas resoluciones que afecten a sus intereses.
16/01/2008 | CALIFICACION DE UNA MARCA COMO NOTORIA O COMO RENOMBRADA ver más Ir a la noticia Completa
Seguiremos las indicaciones y recomendaciones, en este breve comentario, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, amén de la Asociación Nacional para la Defensa de la Marca, con cita expresa de expertos en la materia como NOMEN CALVET y MONTAÑA MATOSAS
24/09/2007 | Código Técnico de la Edificación ver más Ir a la noticia Completa
En nuestro artículo intitulado “ la responsabilidad de los sujetos intervinientes en el proceso de edificación “ de fecha 30 de diciembre de 2005 y publicado en el mes de enero de la revista digital de Anaf, se hacía expresa mención a la Ley 38/99, de Ordenación de la Edificación ( en adelante LOE), que en su artículo 17, apartado 1, establece que sin perjuicio de sus responsabilidades contractuales, las personas físicas o jurídicas que intervienen en el proceso de edificación responderán : a) durante diez años, por los denominados defectos graves que dan lugar al derrumbamiento o pueden dar lugar al mismo; b) durante tres años, por los vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad que la ley describe – lo que se conoce como ruina funcional - ; y c) durante un año por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras.
20/09/2007 | Anteproyecto de Ley de Contrato de Transporte Terrestre ver más Ir a la noticia Completa
La norma en cuestión se dicta al amparo de las competencias que el artículo 149.1.6º de la Constitución atribuye en exclusiva al Estado en materia de legislación mercantil. ( título competencial ) estableciéndose que el Ministerio de Fomento, de acuerdo con esta ley, podrá establecer contratos tipo o condiciones generales de contratación para las distintas clases de transporte terrestre en las que se determinarán los derechos y obligaciones recíprocas de las partes y las demás reglas concretas de cumplimiento de los contratos singulares.
04/07/2007 | El mobbing desde la perspectiva social ver más Ir a la noticia Completa
Principiaba la ponencia del profesor Piñuel y Zabala para el seminario interdisciplinar del Consejo General del Poder Judicial sobre el acoso psicológico en el trabajo con una cita de René Girard que rezaba del siguiente tenor literal: "para favorecer la violencia colectiva, hay que reforzar su inconsciencia, y, al contrario, para desalentar esa violencia, hay que mostrarla a plena luz, hay que desenmascararla"
25/06/2007 | Anteproyecto de ley ver más Ir a la noticia Completa
El pasado viernes 22 de junio de 2007 se aprobó en Consejo de Ministros el anteproyecto de ley de reforma el mercado de valores que, como es de sobra por todos conocido, traspone la normativa comunitaria relativa a los mercados de instrumentos financieros, la comúnmente conocida como MIFID, con objetivo, entre otros, de buscar una mayor protección para los pequeños inversores y la ruptura del principio de exclusividad de las bolsas para negociar acciones.
11/06/2007 | Ley del Suelo ver más Ir a la noticia Completa
El martes 29 de mayo de 2007, el Boletín Oficial del Estado número 128 publicaba la Ley 8/2007, cuya Disposición final cuarta, relativa a entrada en vigor, tras una vacatio legis de poco más de un mes, establecía la fecha de 1 de julio de 2007, como fecha de entrada en vigor de la referida norma legal.
09/05/2007 | La responsabilidad civil profesional d elos corredores de seguros ver más Ir a la noticia Completa
La Directiva 2002/92/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de diciembre de 2002, sobre la mediación en seguros, establece las bases para la armonización de la actividad de mediación de seguros en la Unión Europea.
20/03/2007 | La satisfacción de la responsabilidad civil y su incidencia en el ámbito penitenciario ver más Ir a la noticia Completa
El día 2 de julio de 2003, entró en vigor la LO 7/2003, de 30 de junio, de medidas de reforma para el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas, que introduce cambios en el modelo de cumplimiento de la pena privativa de libertad.
01/03/2007 | DELITO DE LESIONES ver más Ir a la noticia Completa
El artículo 147 del código Penal sanciona – tipo básico – en su apartado primero al que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, exigiendo, para estar ante este ilícito penal amén de lo anterior dos extremos, a saber, que la lesión requiera para su sanidad, objetivamente, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico.
20/02/2007 | Valor probatorio de las video grabaciones ver más Ir a la noticia Completa
La filmación o vídeo grabación de imágenes, que pueden reflejar hechos de relevancia o trascendencia penal, su carácter probatorio, y por ende, los requisitos legales que debe tener, son cuestiones planteadas en nuestros juzgados y tribunales, siendo, en la mayoría de las ocasiones, dichos medios, la prueba más directa y clara de los hechos objeto de instrucción penal y de posterior enjuiciamiento.
11/01/2007 | El contrato de servicios celebrado por los abogados ver más Ir a la noticia Completa
La abogacía es una profesión libre e independiente que presta un servicio a la sociedad en interés público y que se ejerce en régimen de libre y leal competencia, por medio del consejo y la defensa de derechos e intereses públicos o privados, mediante la aplicación de la ciencia y la técnica jurídicas, en orden a la concordia, a la efectividad de los derechos y libertades fundamentales y a la justicia (artículo 1 del Estatuto General de la Abogacía)
20/11/2006 | Autoría en los delitos contra la seguridad e higiene en el trabajo ver más Ir a la noticia Completa
Como complemento al artículo publicado en fecha lejana – marzo de 2005 – intitulado protección penal en la accidentalidad laboral, al tratarse también de una cuestión mediática, por la repercusión que en los diferentes medios de comunicación han tenido determinadas actuaciones de la Fiscalía General del Estado, así como determinados fallos judiciales, nos ha parecido conveniente abordar nuevamente el problema, su bien desde la óptica o prisma de la autoría, de suerte tal, no quepa predicarse este tipo de conductas sino de quien realmente puede y debe ser sujeto activo del delito.
22/09/2006 | La responsabilidad patrimonial del Estado ver más Ir a la noticia Completa
La Constitución española encomienda al legislador establecer el marco jurídico de la responsabilidad de la Administración en cuanto sistema legal de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Tal mandato se cumplió por la promulgación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cuyo Título X se dedica a la regulación de esta materia, en concreto su capítulo I sobre la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública – artículos 139 a 144 –
07/09/2006 | Vías para la recuperación de la inversión e bienes tangibles ver más Ir a la noticia Completa
Como continuación a nuestro escrito publicado meses atrás, intitulado la inversión en los denominados bienes tangibles, habida cuenta la repercusión mediática que han tenido los supuestos de todos conocidos, y la judicialización de los mismos, sirva la presente, a modo de resumen o recapitulación, por un lado, y como continuación a dichos comentarios por otro, para todos aquellos afectados, de suerte tal, se encuentren en todo momento informados en aras a la elección adecuada de la vía correspondiente para hacer valer sus derechos.
29/06/2006 | La prueba en el proceso penal ver más Ir a la noticia Completa
Objeto de la actividad probatoria, en general, son las alegaciones de los hechos determinantes de la pretensión, o los hechos, más sincopadamente, que sustentan la acusación. En el proceso civil, los hechos a probar son los hechos controvertidos, es decir, los que no hayan sido admitidos o confesados por las partes y los que no estén dispensados de prueba, como los notorios o los exentos por disposición legal.
28/06/2006 | Bienes tangibles ver más Ir a la noticia Completa
Tema de rabiosa actualidad por la repercusión mediática; tema de candente actualidad por los cientos de miles de afectados que, por regla general, como fondo de pensión o plan de ahorro, habían depositado sus bienes en quienes creían eran garantes de su futuro bienestar; tema éste en suma de encendida controversia no solo por el quebranto grave patrimonial causado, sino por cuanto, a día de la fecha, no se atisba con claridad quién ha de subvenir a dicho quebranto.
06/04/2006 | La carga de la prueba ver más Ir a la noticia Completa
La Ley de Enjuiciamiento Civil presenta en el artículo 217 una completa regulación de la carga de la prueba, recogiendo la abundante doctrina jurisprudencial que sobre esta regla de juicio ha elaborado la Sala Primera del Tribunal Supremo a la hora de interpretar el contenido, incompleto e inexacto, del antiguo artículo 1.214 del Código Civil que la Ley de Enjuiciamiento Civil expresamente deroga y sustituye por una norma más compleja si bien más precisa.
16/02/2006 | Estado de necesidad ver más Ir a la noticia Completa
El artículo 20 del Código Penal establece estar exento de responsabilidad criminal en su apartado 5º, el que, en estado de necesidad, para evitar un mal propio o ajeno, lesione un bien jurídico de otra persona o infrinja un deber, siempre que concurran los siguientes requisitos:
06/02/2006 | Contrato de arras ver más Ir a la noticia Completa
Establece el artículo 1.445 del Código Civil que por el contrato de compra y venta uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por ella un precio cierto, en dinero o signo que lo represente.
11/01/2006 | Daños morales ver más Ir a la noticia Completa
Por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de los de Valencia, mérito autos de procedimiento ordinario número 3230/05, seguido entre partes, de un lado y como demandante D. Salvador Cerezo Díez y la entidad BARCE ASESORAMIENTO Financiero SL, y de otro y como demandada la entidad bancaria BANKINTER, con fecha 15 de diciembre de 2005, se dictó sentencia en cuya parte dispositiva se estimaba parcialmente la demanda, en el sentido de declarar que no hubo por parte de los demandantes actuación contraria al código ético, ni utilización indebida de las claves telemáticas, amén de condenar igualmente a BANKINTER a indemnizar a los demandantes en las cantidades que se recogían en el fallo judicial descrito.
03/01/2006 | Responsabilidad sujetos intervinientes en procesos de edificación ver más Ir a la noticia Completa
I.- El artículo 1.591 del Código Civil establece: “El contratista de un edifico que se arruinase por vicios de la construcción, responde de los daños y perjuicios si la ruina tuviere lugar dentro de diez años, contados desde que concluyó la construcción; igual responsabilidad, y por el mismo tiempo, tendrá el arquitecto que la dirigiere, si se debe la ruina a vicio del suelo o de la dirección.Si la causa fuere la falta del contratista a las condiciones del contrato, la acción de indemnización durará quince años”.
24/11/2005 | Teoría penal del acoso moral ver más Ir a la noticia Completa
Al abordar tan espinoso tema, de ardiente, por desgracia, actualidad diaria en los diferentes medios de comunicación social, conviene recordar que el derecho al trabajo goza en nuestro ordenamiento jurídico de la más alta protección, constitucional primero, y penal y laboral después, al ser la realidad laboral un elemento esencial prácticamente del quehacer del ser humano.
24/10/2005 | El contrato de agencia y la indemnización por clientela ver más Ir a la noticia Completa
Podríamos principiar definiendo el contrato de agencia como aquel en virtud del cual una persona – física o jurídica - , denominada agente, se obliga frente a otra, de manera continuada o estable, y a cambio, en contraprestación de sus servicios, a una remuneración económica, a promover – en sentido amplio – actos u operaciones de comercio por cuenta ajena por un lado; o a promoverlos y concluirlos por cuenta y en nombre ajenos, como intermediario independiente, sin asumir – y ahí radica la nota característica esencial, entre otras, de la institución que estamos comentando – salvo pacto en contrario, el riesgo y ventura de tales operaciones.
21/07/2005 | Derecho de asociación ver más Ir a la noticia Completa
Habida cuenta que la Asociación Nacional de Asesores Financieros, es conforme se desprende legal y normativamente de sus vigentes Estatutos de fecha 14 de junio de 2002, una asociación profesional, sin ánimo de lucro, cuyo objeto y fines, conforme rezan los referidos Estatutos, son la promoción, formación capacitación y mejora de la profesión de asesor financiero en nuestro país, debe cohonestarse lo que antecede con la protección constitucional que nuestra Carta Magna brinda al derecho de asociación y que, como norma programática y de carácter general, encuentra su acomodo y ulterior desarrollo en la Ley Orgánica 1/2002, en la que se incluyen las normas reguladoras del referido derecho de asociación, y que pasamos a vertebrar en este breve artículo, con lo que entendemos, salvo mejor criterio, que debe servir ello de interés al lector cuando, a mayor abundamiento, todo lo que se establece en la Ley Orgánica 1/2002 que pasamos a comentar, es susceptible de predicarse, y por ende, aplicarse también, para la Asociación Nacional de Asesores Financieros.
20/06/2005 | Honor, Intimidad y Propia Imagen ver más Ir a la noticia Completa
Habida cuenta que la Asociación Nacional de Asesores Financieros, es conforme se desprende legal y normativamente de sus vigentes Estatutos de fecha 14 de junio de 2002, una asociación profesional, sin ánimo de lucro, cuyo objeto y fines, conforme rezan los referidos Estatutos, son la promoción, formación capacitación y mejora de la profesión de asesor financiero en nuestro país, debe cohonestarse lo que antecede con la protección constitucional que nuestra Carta Magna brinda al derecho de asociación y que, como norma programática y de carácter general, encuentra su acomodo y ulterior desarrollo en la Ley Orgánica 1/2002, en la que se incluyen las normas reguladoras del referido derecho de asociación, y que pasamos a vertebrar en este breve artículo, con lo que entendemos, salvo mejor criterio, que debe servir ello de interés al lector cuando, a mayor abundamiento, todo lo que se establece en la Ley Orgánica 1/2002 que pasamos a comentar, es susceptible de predicarse, y por ende, aplicarse también, para la Asociación Nacional de Asesores Financieros.
25/05/2005 | Alcoholemia, amparo constitucional ver más Ir a la noticia Completa
Dentro del Título XVII “ de los delitos contra la seguridad colectiva “, del Libro II del Código Penal, se regula en su Capítulo IV “ de los delitos contra la seguridad del tráfico “, la conducta de aquella persona que condujere a un vehículo de motor bajo la influencia, entre otras, de bebidas alcohólicas.
02/05/2005 | Responsabilidad subsidiaria por los actos de los empleados ver más Ir a la noticia Completa
El artículo 116 del Código Penal establece que, toda persona criminalmente de un delito o falta lo es también civilmente si del, hecho se derivaren daños o perjuicios. Si son dos o más los responsables de un delito o falta, los Jueces o Tribunales señalarán la cuota de la que deba responder cada uno.
18/03/2005 | Administración desleal ver más Ir a la noticia Completa
Dentro del Título XIII, de los delitos contra el patrimonio y contra el orden socio económico, del Libro II del Código Penal, y en concreto en su capítulo XIII, se regulan los delitos societarios, en cuyo articulado, a los efectos de este breve comentario, se sanciona en el tipo descrito en el artículo 295 a los administradores de hecho o de derecho, o los socios de cualquier sociedad constituida o en formación, que en beneficio propio o de un tercero, con abuso de las funciones propias de su cargo, dispongan fraudulentamente de los bienes de la sociedad o contraigan obligaciones a cargo de ésta causando un perjuicio económicamente evaluable a sus socios, depositarios, cuenta partícipes o titulares de los bienes, valores o capital que administren.
21/02/2005 | Accidentes de trabajo ver más Ir a la noticia Completa
Se trata en el presente artículo de analizar de forma sucinta las respuestas que nuestro derecho Punitivo prevé para la protección de la seguridad en el trabajo, esto es, el alcance, límites y efectos de los delitos contra la seguridad en el trabajo ex artículo 316 CP y concordantes y su posible interconexión, de complementariedad o subsidiariedad, o de independencia, con el delito o falta de lesiones imprudentes, todo ello desde la perspectiva, por mandato constitucional, de que la seguridad en el trabajo es el aspecto esencial de las relaciones laborales -artículo 40.2 de nuestra Constitución –
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